El subproyecto 2 se desarrolla con la investigadora principal Demelsa Benito Sánchez en la Universidad de Deusto, cuya denominación es «Hacia un modelo de justicia social: alternativas político-criminales»

Partiendo de uno de los objetivos principales de este proyecto coordinado, que es el ofrecer propuestas de lege ferenda para combatir el Derecho penal de aporofobia, se han identificado hasta nueve aspectos concretos cuyo estudio constituye objetivo concreto de este sub-proyecto. Los mismos están vinculados tanto con la parte general como con la parte especial del Derecho penal:

1. Profundizar en el estudio de los fundamentos del modelo de responsabilidad penal social y los efectos que esta nueva conceptualización de la culpabilidad tendría sobre las personas excluidas del sistema.

2. Analizar la agravante de discriminación del art. 22.4 del código penal, esencialmente, la idoneidad de incorporar en la misma como motivo de discriminación, la aporofobia, para lo cual, se tendrán en cuenta los datos empíricos existente sobre delitos cometidos por este motivo. Actualmente, se debate en el Parlamento la posibilidad de reformar el código penal para incorporar la aporofobia como agravante genérica, cuestión de la que son conscientes los investigadores de este proyecto. Si esta propuesta de reforma del código penal es finalmente aprobada en el parlamento, este proyecto, además de valorar la idoneidad de su inclusión, se centrará en el estudio de su aplicación práctica y su efectividad.

3. Estudiar la vulnerabilidad social o indigencia, por un lado, como presupuesto de la causa de justificación del estado de necesidad (art. 21.5º), lo que irá más allá, en el momento actual, como no puede ser de otro modo, del clásico hurto famélico. Y por otro lado, como posible causa de exclusión de la imputabilidad del actual art. 21.3º del código penal.

4. Analizar la “situación de vulnerabilidad” como elemento integrante de diversos tipos penales, concretando su significado, especialmente a partir de la definición que del término “vulnerabilidad” proporciona la Directiva 2011/36/UE relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas, para que pueda ser aplicada correctamente por los tribunales.

5. Identificar los ataques más graves a los derechos laborales y reflexionar sobre la necesidad de una verdadera criminalización de los mismos, a la vista de legislación penal actual en materia de derechos laborales y de las escasas condenas que se producen. En concreto se partirá de la hipótesis de que son, precisamente, las personas marginadas por el sistema las que más posibilidades tienen de ser víctimas de estos ataques y las que menos protección pueden encontrar debido a que su situación de necesidad les dificulta la denuncia de tales hechos (piénsese, por ejemplo, en inmigrantes en situación administrativa irregular).

6. Llevar a cabo un análisis de la legislación actual en materia de delincuencia medioambiental, pues como víctimas de este tipo de criminalidad se encuentran, en un primer plano, las personas más desfavorecidas.

7. Impulsar una eficaz criminalización los ataques de género. Un proyecto como el que aquí se presenta no puede olvidar la perspectiva de género, y así, prestará especial atención a un sector de población especialmente vulnerable como son las mujeres excluidas del sistema, las cuales se enfrentan aún a más riesgos, pudiendo ser víctimas de delitos concretos como la trata de con fines de explotación sexual o el matrimonio forzado.

8. Dentro de los denominados delitos de odio, analizar el tratamiento actual de los mismos cuando aparecen vinculados a la aporofobia.

9. Revisar los medios de autotutela formal e informal de los derechos políticos, económicos y sociales con los que cuentan las personas más desfavorecidas.

En cuanto a los miembros que conforman el subproyecto 1:

Investigadora principal:

Prof.ª Dr.ª Demelsa Benito Sánchez – Universidad de Deusto.

Equipo de Investigación:
  • Prof. Dr. Alfredo Liñán Lafuente – Universidad Complutense de Madrid.
  • Prof.ª Dr.ª. Carmen Lamarca Pérez – Universidad Carlos III de Madrid.
  • Prof.ª Dr.ª Carmen Salinero Alonso – Universidad de las Palmas de Gran Canaria.
  • Prof. Dr. Emilio Armaza Armaza –  Universidad de Deusto.
  • Prof. Dr. Fernando Navarro Cardoso – Universidad de Gran Canaria.
  • Prof.ª Dr.ª. Itziar Casanueva Sanz – Universidad de Deusto.
  • Prof. Dr. Miguel Bustos Rubio – Universidad Internacional de la Rioja.
  • Profª. Dr.ª. Silvia Mendoza Calderón – Universidad Pablo de Olavide.
  • Prof.ª Dr.ª Soledad Gil Nobajas –  Universidad de Deusto.
Plan de trabajo:
  • Prof. Dr. Alfredo Abadías Selma – Profesor Ayudante Doctor de la Universidad Internacional de La Rioja.
  • Prof.ª Dr.ª Grazia M.Vagliasindi – Università degli Studi di Catania (Italia).
  • Prof. Dr. John Vervaele – Universiteit Utrecht (Holanda).
  • Dr.ª Lucía Remesaro – Abogada – Paraguay.
  • Prof. Dr. Manuel Ollé Sesé – Complutense de Madrid.
  • Prof.ª Dr.ª Miriam Ruiz Arias –  Tecnológico de Antioquia (Colombia).
  • Prof. Dr. Rodrigo Fuziger  – Universidad de Sao Paulo (Brasil).