Título completo: Hacia un concepto de trabajo forzado en el ordenamiento jurídico español

Curso: Máster en Derecho penal.

Año: 2022.

Dirección: Ana Isabel Pérez Cepeda.

Coordinadora: Miriam Ruiz Arias

 

Alumnos/as:

  • Daniel Felipe Andrade
  • Daniel Marcel Trujillo
  • Crisanta Rodríguez Acosta

Resumen:

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) desde 1930 definió el concepto de trabajo forzado, tesis que ha sido reiterada y no modificada en diferentes momentos, no obstante, resulta indispensable un nuevo replanteamiento a dicha significación, máxime cuando el derecho y la sociedad es cambiante. De manera que, en esta oportunidad, se intenta elaborar una definición del concepto de trabajo forzado, obtenido luego de haber realizado un recuento de los datos existentes a varios niveles, como el mundial, internacional, regional y nacional sobre el trabajo forzoso, así mismo, sobre el tratamiento que se la ha dado a este fenómeno tanto en la legislación nacional como en la internacional.  Por su supuesto, es indispensable para ello el análisis extraído del aporte reducido, pero significativo de la doctrina en la materia. De manera análoga, se justificará diferenciándolo de términos y fenómenos similares como la trata de personas, la servidumbre, entre otros, para continuar con unas conclusiones especificas por medio de las cuales se plantee el estado de la cuestión sobre este concepto en el ordenamiento jurídico español, lo que permitiría a su vez señalar los retos a seguir.

Los resultados preliminares de este informe fueron presentados por los alumnos/as Juan en el Seminario Final Aporofobia y Derecho penal, celebrado los días 28 y 29 de abril de 2022 en Salamanca.